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lunes, 30 de mayo de 2016

¡A LA CÁRCEL LOS BANDIDOS DEL TSJ! Walter Márquez: TSJ comete delito con sentencia de estado de excepción


¡ASÍ LO DIJO EL EX PARLAMENTARIO WALTER MÁRQUEZ!

Que los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) cometieron un délito al declarar constitucional el Decreto 2323 del presidente de la República en el que activó el estado de excepción y la emergencia económica, y según el ex diputado es un délito de abuso de poder y extralimitación de funciones al haber violado el artículo 33 de la Ley Orgánica de Estados de Excepción.

Explicó Márquez que cuando la Asamblea Nacional (AN) niega el decreto presidencial sobre esta materia, no tiene ningún asunto sobre el cual decidir el TSJ de acuerdo al artículo citado, es decir, es excluyente, por lo tanto “al tomar una decisión declarando la constitucionalidad, además de un fraude a la Carta Magna, los magistrados cometen el delito de abuso de poder y extralimitación de funciones, por lo que los diputados de la AN deben denunciar formalmente a estos magistrados que han pretendido desconocer las facultades y las atribuciones legislativas y contraloras del parlamento venezolano”.


Igualmente indicó que el decreto tiene como finalidad auto otorgarse poderes habilitantes de manera genérica y también limitar o desconocer las facultades de la AN, con respecto al artículo 2 del decreto, numeral 4, referente a la autorización del presidente de la República para hacer erogaciones con cargo al tesoro nacional y otras fuentes de financiamiento que no estén previstas en la ley de presupuesto, es extremadamente grave, porque el artículo 314 de la Constitución de la República señala que no se hará ningún tipo de gasto que no haya sido previsto en la ley de presupuesto, y a su vez el 187, numeral 7 establece que corresponde a la Asamblea Nacional autorizar los créditos adicionales al presupuesto, por lo tanto el presidente al autorizarse erogaciones o partidas no contempladas está cometiendo el delito de corrupción y debe ser investigado en ese sentido.

“También en ese mismo artículo 2, pero en el numeral 5, se señala la aprobación por parte del Ejecutivo Nacional de contratos de interés nacional sin sometimiento a autorización o aprobación de otros poderes públicos, cuando los contratos de interés nacional de acuerdo a la Constitución en su artículo 150 y 187, numeral 9, corresponden a la AN, por lo tanto todo este abuso de poder por parte del presidente de la República debe ser investigado por parte de la propia AN y la Fiscalía General de la República”, destaca Márquez.

En su análisis indica también que en el numeral 7 del mismo artículo 2 del decreto el presidente ordena suspender las sanciones de carácter político que han sido decretadas por la AN, como es el caso concreto del ministro de alimentación, lo cual representa otra gravísima situación de desacato porque el artículo 187 constitucional, numeral 10, señala como facultad de la AN aprobar votos de censura contra los vicepresidentes o los ministros, en concordancia con el artículo 232 que establece claramente que ni siquiera en estados de excepción se exime de responsabilidad al presidente, vicepresidente y ministros; por lo tanto el presidente está cometiendo gravísimas violaciones contra la Constitución de la República.

En todo el análisis que hizó el ex Márquez podemos darnos cuenta de que los magistrados básicamente desacataron una decisión tomada por el parlamento venezolano (AN) y violaron una orden, que más que una orden fue una decisión tomada entre todos los diputados, y que incluso el presidente debía acatar y apegarse a ella. En cambio Maduro activó el estado de excepción y por si fuese poco, hizo una prorroga al estado de emergencia económica por 60 días más, algo ilegal debido a que únicamente puede extenderse en 2 ocasiones, y ya con esta es la 3ra vez en que extiende el estado de emergencia.

La Patilla / DolarToday
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